jueves, 31 de diciembre de 2015

Nuevas Leyes en Materia Economica via Habilitante

El presidente Nicolás Maduro decretó cinco leyes, por medio de vía habilitante, con las que se enfrentará el próximo año 2016 en materia económica.
Durante la transmisión de la entrega de la casa número un millón, el mandatario nacional explicó que estos ajustes en las leyes son “para conseguir los ajustes necesarios para enfrentar el 2016”.
A continuación las siguientes leyes:
  1. Reforma parcial de la Ley de impuesto sobre la Renta, en la que se incrementará la alícuota máxima para los sectores del gran capital de 34% a 40% en la contribución.
  2. Ley de impuesto de las grandes Transacciones Financieras, que será para aquellas personas que acumulan riquezas.
  3. Se reformará la Ley de ilícitos cambiarios, en la que los importadores no podrán tomar otra tasa de cambio que no sea la oficial.
  4. La Ley Orgánica del Estado para la Exploración y Explotación de Oro y Otros Minerales
  5. La Ley para el desarrollo de actividades Petroquímicas.
Eliminación de privilegios a grandes contribuyentes
En primer lugar, el Presidente firmó la reforma parcial a la Ley sobre del Impuesto Sobre la Renta (ISLR), que elimina los privilegios que tenían los contribuyentes de gran capital al momento de pagar sus impuestos.
“Esta reforma no está dirigida a personas naturales, ni a las personas jurídicas que no tienen gran capital. Va dirigida al gran capital, un universo de 3.000 contribuyentes, que deben aportar cada vez más”, enfatizó.
El jefe de Estado informó que con esta acción, contemplada en el Decreto Presidencial número 2.163, también se elimina la posibilidad de evasión fiscal por parte de estos grandes contribuyentes.
“Muchos de estos grupos son los que pagan menos impuestos en el país, y se valen de veriocuetos, pero (ahora) deberán pagar lo que les corresponde, y así poder impulsar los planes sociales del pueblo, para la educación, para la vivienda de nuestro pueblo”, manifestó.
Asimismo, el Presidente Maduro anunció la eliminación del ajuste por inflación que utilizaban algunos contribuyentes de gran capital, ya que que se había constituido en un mecanismo de disminución injustificada para el pago de impuestos. “En vez de pagar el 34% que le correspondía terminaban pagando sólo un 1%”, reveló.
No obstante, el Mandatario nacional indicó que se incrementará la alícuota máxima que cancelan los sectores de gran capital de 34% a 40%, para garantizar un mayor nivel de los ingresos líquidos que puedan ser invertidos en el desarrollo social de la nación.
Impuesto para transacciones de los grandes capitales
El Presidente también aprobó la reforma a la Ley de impuesto a las grandes transacciones financieras que establece un impuesto de 0,75% a los altos contribuyentes.
El presidente Maduro explicó que por cada transacción financiera, los grandes capitales deberán pagar un impuesto de 0,75% que permitirá captar nuevos recursos para la inversión social, en un escenario de baja de 70% de los precios del petróleo y de guerra económica propiciada por sectores del comercio y la industria que especulan con los precios de productos de consumo masivo.
Indicó que en Venezuela existen 3.000 grandes contribuyentes que manejan “una masa de capital gigantesca y que inclusive en esta etapa de guerra económica han incrementado su capital entre 300 y 400%”, señaló.
Prohibida fijación de precios a dólar especulativo
Para asegurar el ingreso de las familias venezolanas frente a las acciones especulativas, el presidente de la República, aprobó e el decreto 2.164, con rango, valor y fuerza de ley que, en primer lugar, prohíbe utilizar la tasa de dólar especulativo para fijar precios de los productos, bienes y servicios en todo el país.
El Jefe de Estado pidió el apoyo del poder popular para acabar “con la onda especulativa y criminal en la que se basan (las empresas y comercios) para la fijación de precios de manera arbitraria e ilegal, con tipo de cambio no oficiales, respondiendo a los planes diseñados desde Estados Unidos como mecanismo clave de la guerra económica”.
El decreto 2.164, aprobado vía Habilitante por el Mandatario nacional, también establece la creación de un certificado de producción como nuevo mecanismo para la obtención de divisas de la República.
Esto se traduce en la sustitución del antiguo mecanismo de certificado de no producción para la obtención de dólares a través de los distintos sistemas cambiarios legales y oficiales del país.
“Para las empresas con capacidad de producción, el Estado autorizará un porcentaje para que la empresa reciba dólares de la República, y otro porcentaje se autoriza para que lo exporte, y así se convierta en riqueza para el país”, explicó Maduro.

martes, 29 de diciembre de 2015

Calendario de Obligaciones Tributarias para Sujetos Pasivos ESPECIALES para el año 2016

El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), publicó en la Gaceta Oficial N° 40.797 de fecha 26 de noviembre de 2015, las providencias administrativas N° SNAT/2015/0065 y SNAT/2015/0066 mediante las cuales se establecen los calendarios para el cumplimiento de las obligaciones tributarias correspondientes al año 2016 de los sujetos pasivos especiales y agentes de retención, así como de los sujetos pasivos no calificados como especiales para las actividades de Juegos de Envite o Azar.

La Providencia Administrativas N° SNAT/2015/0065 y SNAT/2015/0066 incluye las declaraciones de los sujetos pasivos especiales calificados y notificados en forma expresa por el SENIAT relativas al Impuesto al Valor Agregado (IVA), definitivas y estimadas de Impuesto Sobre la Renta (ISLR), Impuesto a las Actividades de Juegos de Envite o Azar; así como, el enteramiento de los montos retenidos por los agentes de retención en materia de ISLR e IVA.

En este sentido, se especifica que dichas declaraciones deberán ser presentadas y efectuar el pago, de ser el caso, en las fechas establecidas en el calendario para el ejercicio 2016, según el último dígito del número de Registro Único de Información Fiscal (RIF).

Aprobada Ley de Inamovilidad Laboral por tres (03) años

En Gaceta Oficial número 40.817 se encuentra oficialmente promulgado vía habilitante, el decreto Extraordinario 6.207 de la Ley de Inamovilidad Laboral, que alarga por tres años (2016-2018) la prohibición de despidos injustificados de los trabajadores y trabajadoras.

El presidente de la República, Nicolás Maduro Moros, en la edición número 50 de su programa semanal “En Contacto con Maduro”, transmitido el pasado 8 de diciembre, informó que formularía un decreto de inamovilidad laboral por los próximos tres años con la finalidad de resguardar a los empleados del Canal de la Asamblea Nacional (Antv) y de otras instituciones del Estado.

El vicepresidente de la República, Jorge Arreaza, en una transmisión de VTV, manifestó que el artículo 2 de la Ley de Inamovilidad Laboral expresa que: “se ordena la inamovilidad de los trabajadores por un lapso de tres años (...) en consecuencia y como garantía de estabilidad no se podrán realizar despidos sin causa justificada”.

Asimismo, Arreaza agregó que este instrumento legal “es una política chavista, revolucionaria, que el presidente Nicolás Maduro ha mantenido y que ahora, tomando las previsiones necesarias ante las amenazas de la burguesía se ha extendido”.

La ley que se encuentra oficializada con Rango, Valor y Fuerza establece que para proceder a un despido se deben cumplir los requisitos estipulados por la Ley Orgánica de los Trabajadores y Trabajadoras (Lott) y la aprobación de la Inspectoría del Trabajo.

Declaración y pago del ISLR 2015

El 01 de enero del año 2016 inicia proceso de Declaración y pago del ISLR 2015 y el lapso culmina el 31 de marzo de 2016.

Es necesario enviar a la brevedad, la carpeta con todos los Comprobantes de Retencion de ISLR que les hayan entregado sus clientes en todo el año 2015.

Así como también solicitar ante la entidad financiera propietaria del (o los) punto (s) de venta;  las retenciones de islr correspondientes al año 2015.

Algunas Instituciones Financieras ya NO emiten dicha relación, esta es emitida a través de la Banca en Línea de cada institución.
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Declaracion Ingresos Brutos Año 2015



Hasta el 31 de Enero del año 2016 tenemos la obligacion de presentar y declarar los Ingresos Brutos del año 2015, ¿Que se requiere?

  1. Declaracion de Ingresos Brutos Año 2014 presentada y pagada en Enero del año 2015.
  2. Solvencia Patente de Industria y Comercio. (Todos los Trimestres 2015 cancelados)
  3. Solvencia Aseo Urbano. (Cancelar minimo hasta Enero de 2016)
  4. Solvencia Propiedad Inmobiliaria. (Cancelar todo el año 2016)
  5. Solvencia Publicidad Comercial. (Cancelar todo el año 2016)
  6. Copia Declaracion de ISLR 2014 presentada y pagada en Marzo del año 2015.
  7. Ingresos Brutos Año 2015.
  8. Declaracion Ingresos Brutos Año 2015.
Es de hacer notar que para esta Declaracion entrara en vigencia la Nueva Ordenanza Municipal, aprobada el 22 de diciembre de 2014, la cual entraba en vigencia para el cáculo de la Declaracion de Ingresos brutos del año 2015, por tanto cada contribuyente debio haber actualizado su Patente de Industria y Comercio, en la cual se le verificaria el código y alicuota a pagar.

Año Nuevo 2016

Estimados, de parte del equipo que labora en el Centro Contable Unare, les deseamos Feliz Año Nuevo 2016 y les recordamos:
Un Nuevo Año: 2016...
Mismas Obligaciones en el 1er trimestre del año:
Contribuyentes ORDINARIOS
Del 01 al 10 de Enero de 2016: Declaracion de Retenciones de ISLR a Terceros.
Del 01 al 15 de Enero de 2016: Declaracion de IVA.
Del 01 al 31 de Enero de 2016: Declaracion de Ingresos Brutos Alcaldia Municipal.
Del 01 de Enero al 31 de Marzo de 2016: Declaracion de ISLR Personas Juridicas y Naturales.
Del 01 al 10 de Febrero de 2016: Declaracion de Retenciones de ISLR a Terceros.
Del 01 al 15 de Febrero de 2016: Declaracion de IVA.
Del 01 al 10 de Marzo de 2016: Declaracion de Retenciones de ISLR a Terceros.
Del 01 al 15 de Marzo de 2016: Declaracion de IVA.

Cheque Unico entrará en Vigencia el Viernes 01 de Enero de 2016


A partir del 01 de enero de 2016, entrará en vigencia el uso de del denominado cheque único, tras el vencimiento de la prórroga otorgada por el Banco Central de Venezuela.

La medida, cuya vigencia fue aplazada para que todo el sistema bancario se adecuara a la normativa, facilitará las transacciones bancarias a través de un instrumento estándar. Según la circular 104 de Banco Central de Venezuela los cheques con el formato antiguo tendrán vigencia hasta el 31 de diciembre de este año.

El nuevo cheque único cuenta con características especiales como la silueta del mausoleo del Libertador como marca de agua del papel; fibrillas visibles de colores azul y rojo en el papel y otras microfibrillas visibles bajo la luz ultravioleta; los textos del anverso están en letra negra y los del reverso con el mismo color del cheque; el logo del banco está ubicado a la izquierda y al lado derecho está impreso el nombre de la agencia bancaria emisora del cheque.

1) Cambios y características del Cheque Único
-Papel de seguridad especial.
-Se elimina la palabra “endoso” en el reverso del cheque y se incluye la palabra “depósito”.
-Se incluye la información en el reverso del cheque para -el cobro por taquilla.
-Se incluye la leyenda “CUENTA NUEVA” para las chequeras genéricas (no personalizadas).
-Los clientes que no cuenten con una chequera con el nuevo formato, deberán realizar una solicitud de chequera en su agencia. Si el cliente es natural y no ha solicitado más de dos chequeras en el semestre, la nueva chequera no generará comisión.

2) Cambios a partir del 1° de enero de 2016
-Los cheques con el modelo anterior únicamente podrán ser presentados al cobro por las taquillas del banco emisor.
-Los cheques recibidos en calidad de depósito en las taquillas del Banco, que no cumplan con las especificaciones del nuevo arte, no podrán ser depositados, en este sentido cada agencia realizará la devolución del cheque al cliente y reversará el depósito.
Archivo: Circular 104 BCV