sábado, 3 de agosto de 2013

Declaración Sucesoral debe tramitarse vía electrónica

El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) activó la emisión vía electrónica de la declaración sucesoral, de manera que las personas ya no tendrán necesidad de acudir a las sedes del organismo para emitir, tramitar y pagar la declaración sucesoral.
Vea la Providencia mediante la cual se establece el deber de Presentación Electrónica de las Declaraciones de Impuesto Sobre Sucesiones.
Si deseas saber como se realiza la Declaración Sucesoral, revisa este enlace: Instructivo Declaración Impuesto Sobre Sucesiones

Nueva Normativa que regula el Registro Unico de Información Fiscal

El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) activó la emisión vía electrónica del comprobante digital del Registro Único de Información Fiscal (RIF), de esta manera las personas Naturales o Jurídicas ya no tendrán necesidad de acudir a las sedes del organismo para renovar la cédula fiscal. Sin embargo para la Actualizacion del mismo en caso de ocurrir alguna de las siguientes circunstancias, deberaán dirigirse a las oficinas RTegionales del SENIAT:
Art. 6: Los sujetos pasivos o entidades inscritos en el Registro Unico de Información Fiscal (RIF), a los fines de la actualización de los datos contenidos en el mismo, deberán comunicar al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), dentro de un (01) mes de haberse producido, los siguientes hechos:
a. Cambio de apellidos y nombres, razón social o denominación comercial del sujeto o la entidad
b. Cambio de directores, administradores o las personas que ejerzan la representación legal.
c. Cambio de Accionistas, con exepción de las empresas que coticen sus acciones en la bolsa de valores.
d. Cambio de domicilio fiscal o electrónico.
e. Venta del fondo de comercio o de todas sus existencias, que modifique la titularidad del mismo.
f. Cesación, paralización o reinicio de las actividades económicas habituales...
Ver la Providencia administrativa que regula el registro Unico de Información Fiscal