sábado, 16 de enero de 2010

Declaración de Ingresos Brutos...ó Declaración ante el Concejo Municipal

Como es costumbre en esta 2da Quincena del mes de Enero nos corresponde realizar la Declaración de Ingresos Brutos ante el Concejo Municipal, y el pago del correspondiente Impuesto por concepto de Patente de Industria y Comercio.
En el caso de la Alcaldía Municipio Juan Germán Roscio, se necesita:
1.- Compra de la Planilla de Declaración de Ingresos Brutos.
2.- Solvencia por concepto de Aseo urbano.
3.- Solvencia de Publicidad Comercial (Aviso).
4.- Solvencia de Propiedad Inmobiliaria.
5.- Solvencia Patente de Industria y Comercio Año 2008 (presentada en Enero de 2009).
6.- Declaración de ISLR (Presentada en Marzo de 2009).

Reunan los requisitos, y para solicitar las solvencias antes deben cancelar los aranceles correspondientes por cada uno.

Máquinas Registradoras

Amigos es de vital importancia que describan con detalle los productos que ofrecen en los diferentes departamentos, para que cuando emitan la factura impresa con la caja esta contenga exactamente el nombre del producto que se les esta comprando.
Ademas debe contener la cantidad y el precio unitario sin iva, al final debe discriminar el monto total y el monto por iva.
y a los extintos CONTRIBUYENTES FORMALES...no se les olvide llamar al técnico para que le realice los cambios necesarios a su Máquina Registradora ya que ahora somos CONTRIBUYENTES ORDINARIOS del IVA.

domingo, 10 de enero de 2010

Para la Declaración de Impuesto Sobre la Renta...Recuerden

1. Solicitar ante el Banco emisor del Punto de Venta el Reporte detallado de las Retenciones de ISLR.
2. Solicitar ante las empresas que les hacen retenciones de ISLR todos los comprobantes pendientes.

Estimados y no olviden:
a. Notificaciones últimas del SENIAT: Apertura de los Galpones, Locales o sitios en donde se guardan las mercancías.
b. Notificaciones últimas del REGISTRO MERCANTIL: Todas y cada de las Actas con sus respectivos Balances y Estados de Ganancias y Pérdidas visados, por Año según lo establece el Código de Comercio.
c. Obligación de realizar Declaraciones de IVA e ISLR únicamente por el Portal del SENIAT.

Ultima Hora!!!!

Obligaciones que teniamos para el mes de Diciembre de 2009:
1.Actualizar RIF Personas Naturales (Representante Legal de la empresa).
2.Actualizar RIF Persona Jurídica.
3.Inscripción ante el Portal del SENIAT.

Recuerden que los certificados de Registro de Información Fiscal tienen VENCIMIENTO, revisen en la parte trasera del mismo, en ella encontraran que estan proximos a vencerse, esto es lo que ha traído demora en el Registro ante el PORTAL.

Deberes del mes de Enero de 2010: Cambios y modificaciones

Del 01 al 15 nos corresponde presentar la Declaración en el PORTAL DEL SENIAT (ON LINE) relacionada a la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), esto quiere decir que deberán enviar los movimientos de Gastos, Compras y Ventas correspondientes al mes de Diciembre de 2009, en los primeros cinco días del mes de Enero, para evitar inconvenientes relacionados al factor tiempo, en caso contrario no se garantizará dicha Declaración. Estaremos trabajando a partir del día 02/01/2010.

Antes del 31 de Enero nos corresponde presentar la Declaración de Ingresos ante el Concejo Municipal, para esto es necesario que compren en dicho organismo la respectiva planilla, y nos la envíen a la brevedad acompañada de Copia de la Declaración Anterior.

Para trabajar en el Cierre del Ejercicio Fiscal del año 2009, se requiere con carácter de urgencia, el Inventario Real de las Mercancías en existencia, recuerden que el deber Formal no es sólo presentar la Declaración de ISLR antes del 31 de Marzo del 2010, sino trabajar en los Libros de Contabilidad: Diario, Mayor, Inventarios - Balances y Ajuste Fiscal

TODOS somos contribuyentes ORDINARIOS del IVA

A partir del 01 de Enero de 2010: Tenemos nuevos deberes.
1. Cobrar 12% por concepto de IVA.
2. Cambiar talonarios de Facturas Impresos (IMPRENTA).
3. Realizar cambios en la Caja Registradora, pedir que el técnico cree departamento con cobro y desglose de IVA (12%) y que suprima coletilla o frase: “CONTRIBUYENTE FORMAL” ó “No da derecho a Crédito Fiscal”.
4. Declarar a través del Portal del SENIAT: www.seniat.gob.ve, todos los meses, en los primeros 15 días del mes siguiente, lo relacionado a las ventas y compras.
5. Notificar al Seniat el Cambio de la Condición de Contribuyente Formal del IVA a Contribuyente Ordinario del IVA, por el Decreto 5770.

RECUERDE: NO emita facturas sin antes haber realizado los cambios respectivos.