#Importante ⚠️ El SENIAT informa que a partir del jueves #16Ago desde las 12: 00 am hasta lunes 20 nuestro Portal: https://t.co/SB4rpmItuQ 💻 se encontrará en Mantenimiento, para dar cumplimiento al Decreto N° 3.548 sobre la entrada en vigencia de la Reconversión Monetaria. pic.twitter.com/ey5sc1zFj3— SENIAT (@SENIAT_Oficial) 14 de agosto de 2018
Las declaraciones de Retención de IVA e IGTF de los Contribuyentes Especiales sólo pueden ser procesadas a partir del día 16 de cada mes, a las 12:01 am; y es desde esa hora que el Portal estará en mantenimiento, lo que se traduce en que NO se podrán realizar las mismas hasta el día 21 de Agosto. Es decir, queda prorrogada su declaración y pago para el día hábil siguiente que es el martes 21 de Agosto,
atendiendo a lo dispuesto en el Parágrafo Único del artículo 10 del
Código Orgánico Tributario (COT, GO Extra N° 6.152, 18/11/2014).
"Parágrafo Único: ... Se consideran inhábiles, a los solos efectos de la
declaración y pago de las obligaciones tributarias, los días en que las
instituciones financieras autorizadas para actuar como oficinas
receptoras de fondos nacionales, no estuvieren abiertas al público..."
Adicionalmente considero que las mismas deben realizarse en Bolívares Soberanos.
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