viernes, 31 de agosto de 2018

NUEVO Calendario de Sujetos Pasivos Especiales del año 2018

Ya fue publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 41468, la Providencia mediante la cual se modifica el Calendario para el cumplimiento de las obligaciones tributarias generadas a partir de los meses de septiembre a diciembre del año 2018, establecido en los literales a, b y d del Artículo 1° de la Providencia Administrativa SNAT/2017/0053 de fecha 19/10/2017, que establece el Calendario de Sujetos Pasivos Especiales que deben cumplirse para el año 2018.

A raíz de la adopción de un sistema temporal de anticipos del ISLR y del IVA establecido en un Decreto de la Asamblea Nacional Constituyente, se dicta la Providencia Administrativa SNAT/2018/0128 que modifica el Calendario de Contribuyentes Especiales que aplicará en los  meses de septiembre a diciembre del año 2018, específicamente en lo establecido en los literales a, b y d del Artículo 1 de la Providencia Administrativa SNAT/2017/0053 que originalmente tenía contenido dicho calendario.

Declaración y pago IVA,  y Declaración y enteramiento de retenciones IVA de 2da quincena mes agosto 2018

El nuevo calendario aplicará SOLO a las obligaciones que se hubieren causado del mes de septiembre 2018 en adelante, por lo que la fecha de la declaración y enteramiento de retenciones del IVA de la segunda quincena del mes de agosto de 2018, se realizarán conforme el calendario original.

Es de hacer notar que, la Providencia no establece el mecanismo o los lineamientos a aplicar enla declaración del IVA, ya que esta tienen un encadenamiento natural que exige que se presenten en forma cronológica sucesiva. Por ello no se podría presentar primero la declaración del primer período impositivo de septiembre (semanal) y luego la del período impositivo de agosto 2018, si esta última reporta excedente de crédito fiscal o retenciones no descontadas; lo que se traduce que el Contribuyente debera realizar la Declaración de IVA del mes de Agosto antes de realizar la de la 1era semana de septiembre, es decir: A correr...!
RETENCIONES AL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Practicadas entre los días 16 y el 31 de Agosto de 2018

R.I.F
SEP
0 y 5
4
6 y 9
5
3 y 7
6
4 y 8
7
1 y 2
11

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Periodo Tributario: Agosto 2018

R.I.F
SEP
0 y 5
19
6 y 9
20
3 y 7
21
4 y 8
24
1 y 2
25

  
Declaración y pago del IVA, su anticipo, sus retenciones, y del anticipo ISLR 

Señala el artículo 1 de la PA 0128, que se modifica el calendario para el cumplimiento de las obligaciones tributarias generadas a partir de los meses de septiembre a diciembre del año 2018, establecido en los literales a, b y d del artículo 1° de la Providencia Administrativa SNAT/2017/0053, esto es de la (1)  declaración del IVA, (2) de las retenciones del IVA y (3) del anticipo del ISLR; y (4)  además el anticipo del IVA. El período impositivo de todas éstas obligaciones será semanal.

Las nuevas fechas de fechas de declaración y pago de estas obligaciones son las siguientes:

Mes de Septiembre de 2018


SEMANAS
R.I.F
1era
2da
3era
0 y 5
11
17
24
6 y 9
11
18
25
3 y 7
12
19
26
4 y 8
13
20
27
1 y 2
14
21
28

Mes de Octubre de 2018


SEMANAS
R.I.F
1era
2da
3era
4ta
5ta
0 y 5
01
08
15
22
29
6 y 9
02
09
16
23
30
3 y 7
03
10
17
24
31
4 y 8
04
11
18
25
01 Nov
1 y 2
05
15
19
26
02 Nov

Mes de Noviembre de 2018


SEMANAS
R.I.F
1era
2da
3era
4ta
0 y 5
06
12
19
26
6 y 9
06
13
20
27
3 y 7
07
14
21
28
4 y 8
08
15
22
29
1 y 2
09
16
23
30

Mes de Diciembre de 2018


SEMANAS
R.I.F
1era
2da
3era
4ta
0 y 5
03
10
17
26
6 y 9
04
11
18
26
3 y 7
05
12
19
27
4 y 8
06
13
20
27
1 y 2
07
14
21
28

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