martes, 30 de octubre de 2012

Providencia 003 IVSS

IVSS Providencia 003 de la exhibición y presentación de documentación ante el IVSS de entidades jurídicas o económicas sujetas a la obligación del Seguro Social.

lunes, 29 de octubre de 2012

SUNDECOP

SUNDECOP Aun NO se pueden inscribir en el Sistema Automatizado de Administración de Precios (SISAP), las personas Naturales (Venezolanas y Extranjeras), pues aun el Sistema No valida los Rif que comienzan con con V o E. Una de las preguntas frecuentes en el portal de la Sundecop dice:

¿Cuándo se van a incluir las personas naturales en el Sistema Automatizado de Administración de Precios?

 A lo que el portal reponde:

A través de comunicado oficial se dará a conocer la fecha de Registro para las personas naturales.

INDEPABIS

El 15 de mayo fue publicado en Gaceta Oficial en la resolución Nº 39.922, que los establecimientos de alimentos y bebidas deben notificar por escrito los precios de los artículos al Indepabis y publicar la lista en la entrada del local. (revisar Pag.46). En la misma encontrarán el detalle del como, cuando y donde colocar ese aviso con los precios.
  • ¿Quienes están obligados? Establecimientos de Alimentos y bebidas.
  • ¿Que debes exhibir? La lista de Precios, en la entrada y dentro del local, en lugar visible y de facil acceso.
  •  ¿Dimensiones del aviso? Aviso con las siguientes dimensiones: Minimo 80 cms Ancho x Minimo de 80 cms Alta, en letra tahoma numero 36, en español, expresada en Bolivares.
  • ¿Como hacer la notificación? La notificación escrita se hará a través de la inscripcion del establecimiento en el Sistema Unico de Registro (SUR)
El Sistema Único de Registro (SUR), va dirigido a todas aquellas empresas o personas naturales que sostenga algún tipo de actividad comercial en pequeña, mediana o a gran escala dentro del país, las cuales tengan obligatoriedad del cumplimiento de los diferentes procesos legales gestionados dentro del Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios - INDEPABIS.

Deben tomar en cuenta que al momento de hacer el registro deberan hacer la Notificación de Precios, la cual debe ser exactamente igual a la publicada en el establecimiento.

lunes, 3 de septiembre de 2012

Salario Minimo Septiembre 2012

A partir de este fin de semana entró en vigencia la segunda parte del incremento del salario mínimo que queda en Bs. 2.047,52; según la Gaceta Oficial Nº 39.908, publicada el pasado 25 de abril de 2012. El 1º de mayo, se aumentó 15% y el salario mínimo alcanzó 1.780,45 bolívares. A partir de este 1º de septiembre se aplica un nuevo aumento de 15%, por lo que el salario mínimo se colocará en 2.047,52 bolívares. Revisa y descarga la Gaceta Oficial Nº 39.908

viernes, 3 de agosto de 2012

Dia de la Bandera Nacional



lunes, 16 de julio de 2012

Sundecop invita al Foro: Antes y Después de la Ley de Costos y Precios Justos

Hoy se cumple un año de la promulgación de la Ley de Costos y Precios Justos y es por esto que la Superintendencia Nacional de Costos y Precios (Sundecop) invita a un Foro a celebrarse en la ciudad de Caracas... si los estimados pudiesen asistir podrían despejar dudas y comentar casos...

lunes, 25 de junio de 2012

Declaracion Estimada de Rentas Año 2012

Saludos, Estimados, nuevamente esta por vencer el plazo para declarar y presentar la planilla correspondiente a la Declaracion Estimada de Rentas del año 2012. Tenemos hasta el 30 de Junio. Ya en Centro Contable UNARE, se entregaron las declaraciones con las seis porciones impresas. Solo resta de parte de ustedes pagar, recuerden cada planilla de pago tiene una fecha de vencimiento. Este pago es un anticipo al pago de la Declaracion del ISLR del año 2012 a presentarse antes el 31 de Marzo de 2013. A cumplir con nuestras obligaciones Tributarias. Namaste...
Quienes estan obligados a presentar via electronica antes del 30 de Junio de 2012 la Declaracion Estimada de Rentas:
Las personas naturales o jurídicas que dentro del año inmediatamente anterior al ejercicio en curso, hayan obtenido enriquecimientos netos gravables superiores a mil quinientas unidades tributarias (1.500 U.T.).
Igual obligación tendrán quienes hubiesen obtenido enriquecimientos superiores a mil unidades tributarias (1.000 U.T.), cuando el ejercicio inmediato anterior haya sido menor a un año.
Los contribuyentes que realicen actividades mineras o de hidrocarburos y conexas que obtengan enriquecimientos netos superiores a mil unidades tributarias (1.000 U.T.) (Art.82 LISLR y Arts. 156 y 158 RLISLR).