
A partir del
primero de febrero del presente año entró en vigencia la
Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras,
publicada en
Gaceta Oficial N° 6.210 Extraordinario del 30 de diciembre
de 2015, la cual comunica que todas las Entidades Bancarias retendrán y
enterarán al Tesoro Nacional el 0,75% de cada operación que realicen
los clientes que sean personas jurídicas o entidades económicas sin
personalidad jurídica calificados como Contribuyentes Especiales, bien
sea de manera electrónica u operaciones en taquilla.
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