Mediante la providencia administrativa 073/2014, publicada en Gaceta Oficial n° 40571 el Superintendente de Precios Justos Andrés Eloy Méndez
establece que el precio de venta justo para bienes y servicios será el
precio máximo al que deberán ser comercializados bienes y servicios en
todo el territorio nacional.
El PVJusto se establecerá en la zonas económicas especiales y francas
según la legislación tributaria que se establezca para ser
comercializado bienes y servicios sin ser gravados por el Impuesto al
Valor Agregado (IVA), el PVJusto será el que aparece antes de señalar el
monto correspondienta al IVA.
En cuanto al troquelado o marcado del PVJusto señala la providencia
que deberá hacerse con tinta indeleble con dimensiones de 3 mm.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario