viernes, 24 de enero de 2014

Regimen Transitorio de Protección a los Arrendatarios de Bienes Inmuebles con uso comercial

El presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro, promulgó el 29 de Noviembre de 2013, el Decreto N° 602, para el Control y Regulación de Arrendamiento de locales vinculados a la actividad comercial en el país, como parte de Ley Habilitante aprobada por la Asamblea Nacional.
Mediante el instrumento legal se establece, que los cánones de arrendamientos de locales en centros comerciales, o que funcionen en espacios residenciales no podrán exceder de 250 bolívares por metro cuadrado, de igual forma indica que en aquellos casos en que el canon de arrendamiento mensual este por debajo de lo establecido en el decreto, se mantendrán los cánones acordados en los contratos celebrados.
Igualmente se prohíbe taxativamente el cobro de cánones de arrendamientos en moneda extranjera.Fue publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivaraiana de Venezuela N° 40305 del 29 de Noviembre de 2013.

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