lunes, 6 de junio de 2011

Declaracion Estimada de Rentas

Quienes estan obligados a presentar via electronica antes del 30 de Junio de 2011 la Declaracion Estimada de Rentas:
Las personas naturales o jurídicas que dentro del año inmediatamente anterior al ejercicio en curso, hayan obtenido enriquecimientos netos gravables superiores a mil quinientas unidades tributarias (1.500 U.T.).
Igual obligación tendrán quienes hubiesen obtenido enriquecimientos superiores a mil unidades tributarias (1.000 U.T.), cuando el ejercicio inmediato anterior haya sido menor a un año.
Los contribuyentes que realicen actividades mineras o de hidrocarburos y conexas que obtengan enriquecimientos netos superiores a mil unidades tributarias (1.000 U.T.) (Art.82 LISLR y Arts. 156 y 158 RLISLR).

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