domingo, 11 de abril de 2010
Contribuyentes Especiales
Desde el pasado mes de Enero la Administración Tributaria (SENIAT) ha estado contactando a ciertos sujetos del Impuesto al valor Agregado e Impuesto Sobre la Renta (CONTRIBUYENTES), que por el monto de sus ventas pasaron a ser Contribuyentes Especiales. Estos contribuyentes cambiaron su calificación en el Portal y tienen otras obligaciones adicionales a las que ya tenían por ser Contribuyentes Ordinarios del IVA y sujetos del ISLR. Es bastante simple: Son aquellos que retienen el IVA (75% o 100%: lo indica la consulta previa del RIF en el portal del SENIAT) a sus proveedores de productos o mercancías, y retienen el (2%, 3% o 5%: lo indica el Decreto 1808) del monto sin iva de cada factura a sus proveedores de servicios. Los que no son Contribuyentes Especiales, deben tener especial cuidado ya que cuando tenemos relaciones comerciales (VENTAS) con estos contribuyentes, debemos discriminarlos o diferenciar los en el libro de ventas. Actualmente el Seniat a través de la Gerencia de Contribuyentes Especiales a nivel nacional esta en operativo de divulgación...
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