En la Gaceta Oficial extraordinaria Nro. 6.210 del 30/12/2015 se publica la Reforma parcial del texto de la Ley de ISLR.
Esto mediante Decreto con Rango, fuerza y valor de Ley Nro. 2.163 del
Ejecutivo Nacional conforme las facultades especiales legislativas que
le fueron conferidas mediante ley habilitante.
La reforma parcial de la normativa legal que regula a uno de los
tributos nacionales de mayor relevancia y sin lugar a dudas el de mayor
historia que se remonta en el país al año 1942, modifica a los artículos
5, 32, 52, 86 (Ahora artículo 84); 173 (Ahora artículo 171) y 195
(Ahora artículo 193). Dicha reforma suprime dos artículos (El 56 y 57).
El artículo que refiere a la vigencia de la Ley también es reformado,
(Artículo 200, ahora el 198). En razón de la supresión de dos artículos,
desde el anterior artículo 58 y todos los demás que le siguen, quedan
con una numeración adecuada a dicha modificación del correlativo.
miércoles, 6 de enero de 2016
BCV: entrada en vigor cheque único 2016, prórroga hasta julio 2016
El Banco Central de Venezuela, en su circular 104, dio a conocer que a
partir del 01 de enero de 2016 entrará en vigor el uso del cheque
único, tras el vencimiento de la prórroga otorgada por el BCV.
Sin embargo, la medida fue pospuesta para el 01 julio 2016, anunció posteriormente el organismo público.
El 1 de julio de este año entrará en vigencia el uso del denominado
cheque único, medida que facilitará las transacciones bancarias a través
de un instrumento estándar para todas las entidades financieras
públicas y privadas.
El Banco Central de Venezuela ofreció la información a través de la Circular N 119, emitida el miércoles de esta semana, la cual detalla que a partir de esa fecha todos los cheques, incluyendo los procesados a través de la Cámara de Compensación Electrónica, deberán cumplir con las aspectos y especificaciones del nuevo formato.
Sin embargo, la medida fue pospuesta para el 01 julio 2016, anunció posteriormente el organismo público.
El Banco Central de Venezuela ofreció la información a través de la Circular N 119, emitida el miércoles de esta semana, la cual detalla que a partir de esa fecha todos los cheques, incluyendo los procesados a través de la Cámara de Compensación Electrónica, deberán cumplir con las aspectos y especificaciones del nuevo formato.
jueves, 31 de diciembre de 2015
Nuevas Leyes en Materia Economica via Habilitante
El presidente Nicolás Maduro decretó cinco leyes, por medio de vía
habilitante, con las que se enfrentará el próximo año 2016 en
materia económica.
Durante la transmisión de la entrega de la casa número un millón, el mandatario nacional explicó que estos ajustes en las leyes son “para conseguir los ajustes necesarios para enfrentar el 2016”.
A continuación las siguientes leyes:
En primer lugar, el Presidente firmó la reforma parcial a la Ley sobre del Impuesto Sobre la Renta (ISLR), que elimina los privilegios que tenían los contribuyentes de gran capital al momento de pagar sus impuestos.
“Esta reforma no está dirigida a personas naturales, ni a las personas jurídicas que no tienen gran capital. Va dirigida al gran capital, un universo de 3.000 contribuyentes, que deben aportar cada vez más”, enfatizó.
El jefe de Estado informó que con esta acción, contemplada en el Decreto Presidencial número 2.163, también se elimina la posibilidad de evasión fiscal por parte de estos grandes contribuyentes.
“Muchos de estos grupos son los que pagan menos impuestos en el país, y se valen de veriocuetos, pero (ahora) deberán pagar lo que les corresponde, y así poder impulsar los planes sociales del pueblo, para la educación, para la vivienda de nuestro pueblo”, manifestó.
Asimismo, el Presidente Maduro anunció la eliminación del ajuste por inflación que utilizaban algunos contribuyentes de gran capital, ya que que se había constituido en un mecanismo de disminución injustificada para el pago de impuestos. “En vez de pagar el 34% que le correspondía terminaban pagando sólo un 1%”, reveló.
No obstante, el Mandatario nacional indicó que se incrementará la alícuota máxima que cancelan los sectores de gran capital de 34% a 40%, para garantizar un mayor nivel de los ingresos líquidos que puedan ser invertidos en el desarrollo social de la nación.
Impuesto para transacciones de los grandes capitales
El Presidente también aprobó la reforma a la Ley de impuesto a las grandes transacciones financieras que establece un impuesto de 0,75% a los altos contribuyentes.
El presidente Maduro explicó que por cada transacción financiera, los grandes capitales deberán pagar un impuesto de 0,75% que permitirá captar nuevos recursos para la inversión social, en un escenario de baja de 70% de los precios del petróleo y de guerra económica propiciada por sectores del comercio y la industria que especulan con los precios de productos de consumo masivo.
Indicó que en Venezuela existen 3.000 grandes contribuyentes que manejan “una masa de capital gigantesca y que inclusive en esta etapa de guerra económica han incrementado su capital entre 300 y 400%”, señaló.
Prohibida fijación de precios a dólar especulativo
Para asegurar el ingreso de las familias venezolanas frente a las acciones especulativas, el presidente de la República, aprobó e el decreto 2.164, con rango, valor y fuerza de ley que, en primer lugar, prohíbe utilizar la tasa de dólar especulativo para fijar precios de los productos, bienes y servicios en todo el país.
El Jefe de Estado pidió el apoyo del poder popular para acabar “con la onda especulativa y criminal en la que se basan (las empresas y comercios) para la fijación de precios de manera arbitraria e ilegal, con tipo de cambio no oficiales, respondiendo a los planes diseñados desde Estados Unidos como mecanismo clave de la guerra económica”.
El decreto 2.164, aprobado vía Habilitante por el Mandatario nacional, también establece la creación de un certificado de producción como nuevo mecanismo para la obtención de divisas de la República.
Esto se traduce en la sustitución del antiguo mecanismo de certificado de no producción para la obtención de dólares a través de los distintos sistemas cambiarios legales y oficiales del país.
“Para las empresas con capacidad de producción, el Estado autorizará un porcentaje para que la empresa reciba dólares de la República, y otro porcentaje se autoriza para que lo exporte, y así se convierta en riqueza para el país”, explicó Maduro.
Durante la transmisión de la entrega de la casa número un millón, el mandatario nacional explicó que estos ajustes en las leyes son “para conseguir los ajustes necesarios para enfrentar el 2016”.
A continuación las siguientes leyes:
- Reforma parcial de la Ley de impuesto sobre la Renta, en la que se incrementará la alícuota máxima para los sectores del gran capital de 34% a 40% en la contribución.
- Ley de impuesto de las grandes Transacciones Financieras, que será para aquellas personas que acumulan riquezas.
- Se reformará la Ley de ilícitos cambiarios, en la que los importadores no podrán tomar otra tasa de cambio que no sea la oficial.
- La Ley Orgánica del Estado para la Exploración y Explotación de Oro y Otros Minerales
- La Ley para el desarrollo de actividades Petroquímicas.
En primer lugar, el Presidente firmó la reforma parcial a la Ley sobre del Impuesto Sobre la Renta (ISLR), que elimina los privilegios que tenían los contribuyentes de gran capital al momento de pagar sus impuestos.
“Esta reforma no está dirigida a personas naturales, ni a las personas jurídicas que no tienen gran capital. Va dirigida al gran capital, un universo de 3.000 contribuyentes, que deben aportar cada vez más”, enfatizó.
El jefe de Estado informó que con esta acción, contemplada en el Decreto Presidencial número 2.163, también se elimina la posibilidad de evasión fiscal por parte de estos grandes contribuyentes.
“Muchos de estos grupos son los que pagan menos impuestos en el país, y se valen de veriocuetos, pero (ahora) deberán pagar lo que les corresponde, y así poder impulsar los planes sociales del pueblo, para la educación, para la vivienda de nuestro pueblo”, manifestó.
Asimismo, el Presidente Maduro anunció la eliminación del ajuste por inflación que utilizaban algunos contribuyentes de gran capital, ya que que se había constituido en un mecanismo de disminución injustificada para el pago de impuestos. “En vez de pagar el 34% que le correspondía terminaban pagando sólo un 1%”, reveló.
No obstante, el Mandatario nacional indicó que se incrementará la alícuota máxima que cancelan los sectores de gran capital de 34% a 40%, para garantizar un mayor nivel de los ingresos líquidos que puedan ser invertidos en el desarrollo social de la nación.
Impuesto para transacciones de los grandes capitales
El Presidente también aprobó la reforma a la Ley de impuesto a las grandes transacciones financieras que establece un impuesto de 0,75% a los altos contribuyentes.
El presidente Maduro explicó que por cada transacción financiera, los grandes capitales deberán pagar un impuesto de 0,75% que permitirá captar nuevos recursos para la inversión social, en un escenario de baja de 70% de los precios del petróleo y de guerra económica propiciada por sectores del comercio y la industria que especulan con los precios de productos de consumo masivo.
Indicó que en Venezuela existen 3.000 grandes contribuyentes que manejan “una masa de capital gigantesca y que inclusive en esta etapa de guerra económica han incrementado su capital entre 300 y 400%”, señaló.
Prohibida fijación de precios a dólar especulativo
Para asegurar el ingreso de las familias venezolanas frente a las acciones especulativas, el presidente de la República, aprobó e el decreto 2.164, con rango, valor y fuerza de ley que, en primer lugar, prohíbe utilizar la tasa de dólar especulativo para fijar precios de los productos, bienes y servicios en todo el país.
El Jefe de Estado pidió el apoyo del poder popular para acabar “con la onda especulativa y criminal en la que se basan (las empresas y comercios) para la fijación de precios de manera arbitraria e ilegal, con tipo de cambio no oficiales, respondiendo a los planes diseñados desde Estados Unidos como mecanismo clave de la guerra económica”.
El decreto 2.164, aprobado vía Habilitante por el Mandatario nacional, también establece la creación de un certificado de producción como nuevo mecanismo para la obtención de divisas de la República.
Esto se traduce en la sustitución del antiguo mecanismo de certificado de no producción para la obtención de dólares a través de los distintos sistemas cambiarios legales y oficiales del país.
“Para las empresas con capacidad de producción, el Estado autorizará un porcentaje para que la empresa reciba dólares de la República, y otro porcentaje se autoriza para que lo exporte, y así se convierta en riqueza para el país”, explicó Maduro.
martes, 29 de diciembre de 2015
Calendario de Obligaciones Tributarias para Sujetos Pasivos ESPECIALES para el año 2016
El Servicio Nacional Integrado de
Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), publicó en la Gaceta
Oficial N° 40.797 de fecha 26 de noviembre de 2015, las providencias
administrativas N° SNAT/2015/0065 y SNAT/2015/0066 mediante las cuales
se establecen los calendarios para el cumplimiento de las obligaciones
tributarias correspondientes al año 2016 de los sujetos pasivos
especiales y agentes de retención, así como de los sujetos pasivos no
calificados como especiales para las actividades de Juegos de Envite o
Azar.
La Providencia Administrativas N°
SNAT/2015/0065 y SNAT/2015/0066 incluye las declaraciones de los sujetos pasivos
especiales calificados y notificados en forma expresa por el SENIAT
relativas al Impuesto al Valor Agregado (IVA), definitivas y estimadas
de Impuesto Sobre la Renta (ISLR), Impuesto a las Actividades de Juegos
de Envite o Azar; así como, el enteramiento de los montos retenidos por
los agentes de retención en materia de ISLR e IVA.
En este sentido, se especifica que
dichas declaraciones deberán ser presentadas y efectuar el pago, de ser
el caso, en las fechas establecidas en el calendario para el ejercicio
2016, según el último dígito del número de Registro Único de Información
Fiscal (RIF).
Aprobada Ley de Inamovilidad Laboral por tres (03) años
En Gaceta Oficial número 40.817 se
encuentra oficialmente promulgado vía habilitante, el decreto Extraordinario 6.207 de la Ley de Inamovilidad Laboral, que alarga por
tres años (2016-2018) la prohibición de despidos injustificados de los
trabajadores y trabajadoras.
El presidente de la República, Nicolás
Maduro Moros, en la edición número 50 de su programa semanal “En
Contacto con Maduro”, transmitido el pasado 8 de diciembre, informó que
formularía un decreto de inamovilidad laboral por los próximos tres años
con la finalidad de resguardar a los empleados del Canal de la Asamblea
Nacional (Antv) y de otras instituciones del Estado.
El vicepresidente de la República, Jorge
Arreaza, en una transmisión de VTV, manifestó que el artículo 2 de la
Ley de Inamovilidad Laboral expresa que: “se ordena la inamovilidad de
los trabajadores por un lapso de tres años (...) en consecuencia y como
garantía de estabilidad no se podrán realizar despidos sin causa
justificada”.
Asimismo, Arreaza agregó que este
instrumento legal “es una política chavista, revolucionaria, que el
presidente Nicolás Maduro ha mantenido y que ahora, tomando las
previsiones necesarias ante las amenazas de la burguesía se ha
extendido”.
La ley que se encuentra oficializada con
Rango, Valor y Fuerza establece que para proceder a un despido se deben
cumplir los requisitos estipulados por la Ley Orgánica de los
Trabajadores y Trabajadoras (Lott) y la aprobación de la Inspectoría del
Trabajo.
Declaración y pago del ISLR 2015
El 01 de enero del año 2016 inicia proceso de Declaración y pago del ISLR 2015 y el lapso culmina el 31 de marzo de 2016.
Es necesario enviar a la brevedad, la carpeta con todos los Comprobantes de Retencion de ISLR que les hayan entregado sus clientes en todo el año 2015.
Así como también solicitar ante la entidad financiera propietaria del (o los) punto (s) de venta; las retenciones de islr correspondientes al año 2015.
Algunas Instituciones Financieras ya NO emiten dicha relación, esta es emitida a través de la Banca en Línea de cada institución.
Es necesario enviar a la brevedad, la carpeta con todos los Comprobantes de Retencion de ISLR que les hayan entregado sus clientes en todo el año 2015.
Así como también solicitar ante la entidad financiera propietaria del (o los) punto (s) de venta; las retenciones de islr correspondientes al año 2015.
Algunas Instituciones Financieras ya NO emiten dicha relación, esta es emitida a través de la Banca en Línea de cada institución.
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